La Ley 158-01, conocida como ley de CONFOTUR, representa una oportunidad dorada para los compradores e inversionistas en bienes raíces en toda la República Dominicana. Este marco legal ofrece incentivos fiscales atractivos, estimulando así el desarrollo inmobiliario turístico en el país.

Incentivos Fiscales de la Ley de CONFOTUR proporciona exenciones de impuestos a propiedades inmobiliarias en destinos turísticos seleccionadas. Estos beneficios los ofrece el estado con el fin de incentivar el desarrollo inmobiliario turístico y hotelero en regiones con potencial y condiciones naturales para el crecimiento turístico. Para calificar, las propiedades deben ser evaluadas y aprobadas por la Dirección Técnica de CONFOTUR, conforme a las directrices de la ley.

Los Beneficios Específicos Incluyen:

Exención del Impuesto de Transferencia Inmobiliaria: Se elimina el impuesto habitual del 3% sobre el valor total de la propiedad en la transferencia de derechos inmobiliarios.

Exoneración del Impuesto Patrimonial Inmobiliario (IPI): Los compradores de propiedades calificadas están exentos del pago anual del 1% sobre el valor excedente de RD$9,520,861 (aproximadamente US$170,000). Este beneficio es aplicable durante un período de 10 o 15 años.

Impacto Significativo para Inversionistas: estos incentivos fiscales hacen de la República Dominicana un destino aún más atractivo para la inversión inmobiliaria, al reducir los costos a largo plazo y aumentar la rentabilidad potencial de las propiedades.

Uno de los lugares que más se ha visto beneficiado es Punta Cana, ya que es el principal destino turístico del país y cuenta con una gran cantidad de proyectos que cuentan con estas exoneraciones.

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